La importancia del contrato de servicios entre el cliente y el abogado
El contrato de servicios no está pensado para que el abogado pueda cobrar del cliente, es la fórmula que permite al cliente conocer el coste final del procedimiento.
Cuando terminé en 2014 el Grado en Derecho por la Universidad de León
y comencé las prácticas extracurriculares en el Despacho jurídico Iustitia Est,
sito en León, una de las primeras recomendaciones que me hizo el titular del despacho, Gerardo Gutiérrez Suárez, fue que siempre realizara con el cliente un contrato de servicios
o una hoja de encargo donde se fijaran los honorarios a abonar.
El contrato de servicios podría parecer que es la fórmula que utilizamos los abogados de León para asegurar que finalmente el cliente nos vaya a pagar por los servicios prestados, pero el objetivo principal es que el cliente conozca a cuánto ascenderá el coste del procedimiento.
Por ejemplo, hoy en día todos los abogados interponen demandas contra entidades bancarias, anteriormente por obligaciones subordinadas, preferentes, valores, acciones… o actualmente por cláusulas suelo, IRPH o gastos de hipoteca, con la esperanza, en justicia, de que exista finalmente una condena en costas al banco y sea éste quien abone los honorarios. Pero el problema surge cuando no existe esa condena en costas y es el cliente quien debe hacer frente a los costes
de su abogado y procurador.
Si en un procedimiento de recuperación de los gastos de constitución de la hipoteca obtienes 950 euros, pero no existe condena en costas y no has fijado en ningún documento los honorarios que recibirá el abogado y este decide aplicar, por la complejidad del procedimiento, las normas de honorarios de los Colegios Profesionales de Castilla y León, te facturaría un mínimo de 1.200 euros (más I.V.A.). En consecuencia, el procedimiento no solo no te fue rentable, sino que perdiste dinero (sin contar el coste del procurador).
Por todo ello, como consumidor tienes derecho a solicitar un contrato de servicios
y, de ese modo, conocer el precio final del procedimiento. Gracias a ello valorarás si te interesa iniciar el procedimiento o no.
En León, a 28 de marzo de 2019.