Cláusula suelo anterior a 2013

¿Por qué reclamar los importes anteriores a 2013? 
Si iniciaste un procedimiento judicial entre los años 2014 y 2015 probablemente solo te devolvieron el importe abonado como consecuencia de la cláusula suelo hasta el 9 de mayo de 2013.

De acuerdo a los últimos pronunciamientos judiciales están devolviendo desde el comienzo del préstamo hasta el 8 de mayo de 2013.

Cláusula suelo anterior a 2013

1. ¿En todos los casos se puede reclamar?

Queda limitado por la petición en el anterior procedimiento judicial

No en todos los casos se puede reclamar, dependerá de lo que en su día pidió el abogado que dirigió el procedimiento.

Si el profesional limitó los efectos hasta el 9 de mayo de 2013 entonces sí existirá la posibilidad de reclamar lo anterior. Por el contrario, si se solicitó todo pero el Juzgado limitó los efectos hasta esa fecha, entonces quedará cerrada tal posibilidad por los efectos de la cosa juzgada.

Lo mejor es que contactes con nosotros y con la Sentencia estudiaremos el caso concreto.

2. ¿Qué se necesita para reclamarlos?

Se necesitan los siguientes documentos


- Sentencia por la que se condenó al banco en el procedimiento judicial.
- Cuadro de amortización del préstamo. 

3. ¿Existen riesgos?

Los riesgos se minimizan solicitando la nulidad de otras cláusulas

En León ya conseguimos un sentencia pionera (más info. aquí) que consideró que no existía cosa juzgada y condenaba a la entidad a devolver los importes desde la contratación del préstamo hipotecario hasta el 8 de mayo de 2013.

Audiencias como la de Pontevedra, Palencia, León o Bizkaia consideran que no existe cosa juzgada y condenan a la entidad a la devolución de los importes anteriores a 2013. 

No obstante, lo preferible es reclamar conjuntamente con la nulidad de la cláusula de gastos de hipoteca para minimizar los riesgos. Infórmate de cómo reclamar la cláusula de gastos aquí.

4. Somos expertos en reclamaciones bancarias

Honorarios sin sorpresas

Siempre con contrato de servicios

Gestionamos íntegramente el procedimiento

Ahorre tiempo

Gestionamos íntegramente el procedimiento en toda España, desde la presentación de la reclamación extrajudicial hasta el fin del proceso judicial.
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Honorarios sin sorpresas

Si hay acuerdo extrajudicial el 10% (más I.V.A.) de lo que se recupere y de instarse procedimiento judicial el 15% (más I.V.A.). Si hay condena en costas el cliente no tiene que abonar importe alguno.

Asistencia cordial

Desde el principio tendrás un contrato de servicios detallado y podrás contactar en cualquier momento a lo largo del procedimiento para conocer su estado.

Economista

Se incluye sin coste, en el caso de ser necesario, informe técnico por economista. 

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Revisamos todas las cláusulas de tu hipoteca sin ningún coste. 
Nos desplazamos sin coste a los partidos judiciales de León, Ponferrada, Villablino, La Bañeza, Astorga y Cistierna.

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